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Artículo de Opinión | Territorio y recursos naturales

13-06-2013

España: Consumo de energía y certificación energética de los edificios

Fernando Zamorano | Espai Marx / Alba Sud

Desde el pasado 1 de junio, los edificios que se vendan o alquilen deberán disponer de un Certificado de Eficiencia Energética. Sin embargo es difícil esperar cambios sustanciales en materia de cultura energética. 


Crédito Fotografía: El Poble Nou de Benitatxell, Alicante.

Desde el pasado 1 de junio de 2013, los edificios que se vendan o alquilen deberán disponer de un Certificado de Eficiencia Energética. La medida, recogida en el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, afectará al parque existente y tras tres años de espera viene a implementar una Directiva europea (2002/91/CE) sobre eficiencia energética de los edificios.

Se entiende por eficiencia energética de un edificio “la cantidad de energía consumida realmente o que se estime necesaria para satisfacer las distintas necesidades asociadas a un uso estándar del edificio, que podrá incluir, entre otras cosas, la calefacción, el calentamiento del agua, la refrigeración, la ventilación y la iluminación. Dicha magnitud deberá quedar reflejada en uno o más indicadores cuantitativos calculados teniendo en cuenta el aislamiento, las características técnicas y de la instalación, el diseño y la orientación, en relación con los aspectos climáticos, la exposición solar y la influencia de construcciones próximas, la generación de energía propia y otros factores, incluidas las condiciones ambientales interiores, que influyan en la demanda de energía” [1].

Se calcula que los edificios representan un 40% del total de consumo de energía final en la Unión Europea (UE), por lo que su impacto, junto al transporte, es muy importante. El incremento de la eficiencia energética de los edificios constituye una parte importante del conjunto de medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en los acuerdos del Protocolo de Kyoto subscritos por la UE. En este sentido en diciembre de 2008 el Parlamento Europeo aprobó el denominado plan “20-20-20”. El objetivo del mismo es que para 2020 los países de la Unión habrán reducido en un 20% las emisiones de efecto invernadero respecto a los niveles de 1990, incrementado hasta un 20% el porcentaje de las fuentes de energía renovables y mejorado en un 20% la eficiencia energética, es decir, reducido el consumo energético. A partir del 31 de diciembre del 2020, todos los edificios habrán de tener un consumo de energía casi cero, objetivo que para los edificios de propiedad pública u ocupados por alguna administración, se avanza a finales del 2018.

Aunque la necesidad de certificación de las edificaciones de nueva construcción estaba recogida en la normativa española desde el 2007, el retraso en el cumplimiento de las directrices europeas sobre certificación energética de los edificios existentes había provocado que en noviembre de 2011 la Comisión Europea decidiera demandar al Estado español ante el Tribunal de Justicia de la Unión.

Para mejorar la eficiencia energética de los edificios existentes, se debe conocer previamente cual es su comportamiento energético actual, cuantificando su consumo de energía para unas condiciones aceptables de funcionamiento y ocupación. Existe un interesante estudio sobre el consumo energético del sector residencial en el Estado español realizado en julio del 2011 por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) a partir de datos estadísticos. El estudio hace una segmentación de la información por zonas climáticas (Atlántico norte, Continental y Mediterráneo), tipologías edificatorias (viviendas unifamiliares y viviendas en bloque) y uso de la energía (calefacción, agua caliente sanitaria, cocina, refrigeración, iluminación y electrodomésticos). Los resultados permiten establecer una radiografía de los consumos por zonas climáticas y tipo de vivienda. Así las viviendas en bloque de la zona Mediterránea se presentan como los menos intensivos en energía, mientras que las viviendas unifamiliares del sector continental son las más consumidoras de recursos energéticos. Los alojamientos unifamiliares, la tipología edificatoria por la que se apostó durante los años del boom inmobiliario en la mayor parte de las zonas costeras y ligadas a un determinado modelo de desarrollo turístico, consumen 2 veces más que los pisos.

Se espera que con la entrada en vigor de la certificación energética se pueda evaluar de manera mucho más precisa el comportamiento energético de los edificios. Para ello se habrá de realizar de un test que permite medir cuantitativamente el comportamiento energético del edificio, o de parte de este (vivienda, local, oficina,…). En función de los resultados obtenidos se generará una determinada Calificación de su eficiencia energética, de forma similar a la que se viene utilizando en los electrodomésticos desde hace unos años, y que está representada por una escala de letras que van de la A, más eficiente, hasta la G, menos eficiente. Se ha de remarcar que el Real Decreto 235/213 no define ninguna exigencia respecto del grado de eficiencia energética de mínimo cumplimiento. En una segunda parte del Certificado el técnico redactor deberá incluir una propuesta de actuación o actuaciones que comporten la mejora de la calificación obtenida, de una letra si se parte de una C o una B, o de dos letras si se parte de una D, E, F o G. La Calificación deberá registrarse en un organismo oficial, designado por cada Comunidad Autónoma, adquiriendo así el carácter de Certificado. El propietario queda obligado a presentar el Certificado en el órgano competente de la Comunidad, que lo registrará, comprobará una selección al azar de los certificados emitidos anualmente y realizará un inventario estadístico de las actuaciones.

Aunque es pronto para opinar sobre los resultados de las certificaciones energéticas, se habrá de esperar unos años para poder contar con los datos que permitan acercarse de manera fehaciente a la realidad energética de nuestras edificaciones, todo parece indicar que estamos muy lejos de alcanzar el reto de unos edificios con consumo de energía casi cero (passivhaus o passive house standard) [2], tal cómo propone la Directiva Europea sobre Eficiencia Energética. Pese a todo, nada hace prever que de la noche a la mañana se produzca un cambio sustancial en el sector respecto de la cultura energética, sobre todo si este no va ligado a un aumento de las ganancias. Para su implementación está previsto dedicar parte de los Fondos Estructurales de Desarrollo Regional Europeos, FEDER, en los próximos años. La repercusión a corto y medio plazo de la certificación energética en el Estado español estará más relacionada con un intento de relanzamiento económico del sector inmobiliario, que con una mejora energética sustancial de nuestras edificaciones.

 

Notas:
[1] Según la definición contenida en el capítulo 2 de la Directiva 2002/91/CE
[2] Se trata de un tipo de edificios diseñados para conseguirunas condiciones de confort interior con un consumo de energía muy bajo.