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Artículo de Opinión | Trabajo decente | Europa

18-06-2015

Las reformas laborales en el marco de la crisis y la desprotección de las mujeres

Paula Señán Castellano | Alba Sud

Un análisis comparado de las recientes reformas laborales poniendo el acento en el impacto diferencial de género. La impronta de Alemania para España.


Crédito Fotografía: Brocco (bajo licencia creative commons).

El trabajo define, para la mayoría de nosotros, nuestra economía. Y la economía, desgraciadamente, ha logrado posicionarse en el centro de nuestras vidas. Sin embargo, son escasas las iniciativas gubernamentales que plantean el trabajo, sus tiempos, distribución y beneficios, con perspectiva de género. En la mayoría de los casos lo hacen, claramente, desde una perspectiva machista, es decir, partiendo un modelo tradicional de familia y planteando legislaciones laborales que se apoyan en el supuesto de que el trabajo de las mujeres es subsidiario al del hombre. Lo veremos tomando el ejemplo de las últimas reformas laborales alemanas que, a su vez, están marcando el camino de la nueva legislación en esta materia en España.

Realidades distorsionadas en la venta del discurso hegemónico

Insensible al impacto diferencial de género, la clase política «vende» los logros de las nuevas legislaciones en materia laboral como si las consecuencias que acarrea para la vida de las mujeres pudiesen ser compensadas por datos generales. Su situación real, su posición social de desventaja, queda invisibilizada. Se obstaculiza, en primer lugar y de forma encubierta, la igualdad de oportunidades (aparentemente omnipresente en las políticas públicas de nuestro mundo occidental [1]) y, en segundo lugar, el derecho al sostenimiento económico de una parte más que significativa de las mujeres [2]. A esto se añade el desmantelamiento delos ya escasos servicios públicos esenciales de cuidados de la infancia, de los servicios sociales y de atención a la dependencia (asumida mayoritariamente por ellas), además del resto de tareas cotidianas a las que hacen frente, muy a menudo, en solitario.

La conciliación de la vida personal, familiar y profesional de las mujeres se ve seriamente torpedeada por esta serie de responsabilidades adjudicadas cultural, social e institucionalmente al género femenino. Como consecuencia de todo ello, las mujeres deben hacer frente a un contexto de tensión inequívoco, pues el incremento de la carga y del tiempo dedicados al trabajo no remunerado le resta posibilidades al trabajo de mercado. Y esta coyuntura explica por qué se derrumban, cada vez más, las expectativas reales de muchas mujeres para desarrollarse y crecer profesionalmente o aspirar a ser independientes a través de su trabajo.

No se trata de un error de cálculo. La clase política sigue la hoja de ruta de la agenda neoliberal. Y es que, ya sean socialdemócratas o conservadores, todos tratan de resolver, sin coste alguno para el sistema vigente, la dependencia de la producción respecto de los procesos de reproducción de la vida [3] minimizando, cada vez más, el margen de elección de las mujeres.

Asimismo, en el contexto actual de deterioro global de las condiciones de trabajo, la infravaloración de las mujeres es un indicador asociado a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra el conjunto de la población activa frente al mercado. Y es que, como trabajadores/as, nos enfrentamos a una fuerte hostilidad por parte delos poderes públicos y privados, cuyo objetivo es darle un giro al modelo de funcionamiento y de producción capitalista debilitando, para ello, las relaciones laborales. Estamos cansados de escuchar argumentos sustentados en la teoría del ajuste macroeconómico, para la que, la receta de “la” flexibilización del mercado de trabajo es la única maniobra viable y posible. Especialmente porque todos los que apoyan el desarrollo de políticas neoliberales en base a la tesis del ajuste macroeconómico, ya sean representantes políticos o directivos de instituciones financieras u organizaciones empresariales, se refieren, específicamente, a la “flexibilidad interna”, a la de las empresas.Y la reiteración de este mensaje no pretende más que convencer de que la puesta en marcha de mecanismos de flexibilización dirigida al beneficio, en primer término, de otros sujetos (los trabajadores y las trabajadoras) es, simplemente, una utopía.

Para analizar el impacto que está teniendo sobre las condiciones de trabajo y de vida de las personas el mercado «flexible» al que estos agentes se refieren como el modelo a seguir, el caso alemán es paradigmático, pues es, efectivamente, el que nos marca el paso y el esquema sobre el que, de ganar las elecciones generales uno de los dos partidos mayoritarios a nivel nacional, se profundizaría en las reformas sucesivas a la ya aprobada en 2012.

Sus derivaciones son tan peligrosas para el bienestar del conjunto de la sociedad, que nos interesa, y mucho, conocer los detalles de antemano para, llegado el momento, ejercer la máxima oposición a este tipo de cambios y evitar retrocesos mayores en las conquistas sociolaborales que todavía nos protegen. Por ello, apuntaré algunos datos que nos permitan observar cómo el modelo alemán actúa precarizando la fuerza laboral en general, pero concretamente, fragilizando, aún más, a la población activa femenina.

El “minijob”. Icono de la pérdida de derechos laborales

Alemania llevó a cabo dos grandes reformas laborales, en el año 2003 y 2005, con el objetivo luchar contra el desempleo. Cabe señalar que (¿sorprendentemente?) fueron los socialdemócratas de Schröder, en coalición con los verdes, los que con las leyes Hartz [4], abanderaron la desregularización y la flexibilización del mercado de trabajo, abrieron la puerta a una explosión de ofertas en forma de «minijobs», y, en un balance a diez años vista, lograron tener el índice de paro más bajo de la UE de los 28 (con un 4,8% de la población activa en febrero de 2015 [5], muy por debajo del 23,2% en España en la misma fecha). Pero no nos dejemos impresionar por el dato. Como decía, la evaluación pormenorizada de las consecuencias de estas reformas es, cuanto menos, controvertida para la mayoría de los trabajadores y, muy especialmente, para las trabajadoras [6].

El milagro alemán (el milagro del dato que anticipábamos) encuentra su base, a mi juicio, en la explotación legal de la población activa a través de los “1 euro jobs”, los “midi jobs” o la opción estrella (por mayoritaria entre las llamadas flexibles, pues emplea a 1 de cada 5 trabajadores), el «minijob». Así, diez años después de la entrada en vigor de la primera reforma, de una población activa total de 42,1 millones de personas, 23 millones trabajaban a tiempo completo, pero 7,4 millones eran «minijobers», apuntalando una tendencia de retroceso del trabajo a tiempo completo y de avance del “minijob” [7].

Pero para empezar, ¿qué se estipula que es un «minijob»? Es un trabajo que no tiene techo horario legalmente establecido [8], que no otorga derecho a la obtención del seguro médico [9], ni el subsidio de paro al finalizar. En su caso, los trabajadores no cotizan (con una fórmula que establece que el salario bruto es igual al salario neto) y los empleadores pagan un pequeño forfait por cada puesto cubierto, que hace que, tras una vida laboral empleada en “minijobs”, la pensión de jubilación del trabajador o trabajadora ascendería a unos 140 euros. Desde su primera nómina, los trabajadores podrían cotizar voluntariamente, aunque solo el 11% lo hace (muy probablemente porque el resto no puede permitírselo). Además, los empleadores pueden exigir formación específica en el ámbito concreto de trabajo, experiencia adquirida en el mismo y, por supuesto, flexibilidad horaria al trabajador/a. Como se dice en la calle, el oro y el moro. Se trata de un empleo casi sin limitaciones, sí. Y digo casi, porque si bien no existen limitaciones en las demandas exigidas al trabajador/a, el “minijob” tiene un límite, y es que la retribución a cambio de tanta flexibilidad, no sobrepase los 450 euros mensuales... si no, ya no sería un «minijob». He aquí el concepto de flexibilidad interna llevada al límite.

Este tipo de empleos de nueva creación fueron presentados a la opinión pública, en un principio, como una opción de trabajo complementario dirigida a parados de baja cualificación, de larga duración o pensionistas y jóvenes, con el fin de que estos últimos pudiesen obtener un dinero extra con el que completar sus bajas pensiones o financiarse los estudios. Y efectivamente, estudiantes y pensionistas (hasta con 74 años de edad) ocupaban entonces casi un 20% respectivo de las colocaciones de “minijob”.

Sin embargo, recordemos que el mensaje de la clase política en la “venta” de las reformas, especialmente en la era de la austeridad, ofrece una realidad distorsionada de lo que será el resultado final. El dato que pone en cuestión aquella lógica inicial es que, pasada la primera década de vigencia de la reforma, la mayoría de los «minijobers» (concretamente el 58%), eran activos entre 25 y 67 años de edad. Activos que, por serlo, ayudan aún hoy a disminuir los datos globales del paro, y que, también por serlo, dejan de recibir ayudas sociales que, en realidad, seguirían necesitando.

Ese contexto de necesidad en el que el Estado y su reforma laboral dejan a los trabajadores/as está siendo explotado, además, al margen de la ley. Así, aunque no se conoce la proporción, se sabe que el contrato “minijob” está siendo utilizado de forma fraudulenta por parte del empresariado que, por ejemplo, duplica las horas del trabajador/a hasta el tiempo completo, a cambio de la entrega del equivalente de las “horas extra” en mano [10].

Por otro lado, las reformas redujeron el período máximo para la percepción del subsidio de paro de 32 a 12 meses y se estableció una restricción relativa a la libertad del trabajador/a para rechazar un empleo. De este modo, a partir del año de paro contributivo, cuando los trabajadores/as pasan a depender de la ayuda social (a veces inferior a los 350 euros mensuales), también pueden ser obligados a aceptar un «minijob».

Por todo ello (y el resto de elementos que, a pesar de no haber sido señalados aquí, van en la misma dirección), actualmente se apunta a que estas reformas fraguan, ni más ni menos, “la transición del Estado social alemán a la precariedad y el trabajo forzado” [11].

Una trampa para las mujeres

Analizadas algunas de las consecuencias de estas reformas y del “minijob” desde una perspectiva general, ¿qué impacto están teniendo concretamente sobre las mujeres?

El gobierno alemán defiende que, gracias a las leyes Hartz, la población activa femenina ascendió del 62% en 2002 al 71,5% en 2012. Sin embargo, tras el dato de actividad se esconde una realidad que tiene mucho que ver con la temporalidad, la precariedad y la desprotección, ya que la mitad de las mujeres trabajan a tiempo parcial y dos terceras partes en un “minijob”, siendo éste el único empleo para el 75% de ellas [12]. Esto demuestra que hay más mujeres que trabajan, pero que el trabajo no ha aumentado, sino que el mismo volumen se ha repartido y abaratado (y mucho).

Por otra parte, Alemania no dispone de una legislación que obligue al empresariado a ofrecer a hombres y a mujeres una retribución igual por un mismo trabajo. Así que en general, las mujeres pueden cobrar en este país hasta un 49% menos que un hombre ocupando un puesto idéntico [13].

Las mujeres en el mundo ocupan la mayoría de empleos precarios, engrosando también los datos del trabajo informal. El caso alemán no es una excepción. Por eso cabía esperar que el fenómeno de los “minijobs” se instalase con mayor soltura en el mercado de los trabajos tradicionalmente femeninos (comercio, limpieza, salud, restauración, pero también en la administración pública, especialmente en la educación y las guarderías). El efecto arrastre del «minijob» entre la población activa femenina, no hace más que reflejar la escasez de medios estructurales de apoyo en el acceso de las mujeres al mercado de trabajo y la falta de oportunidades dignas adaptadas a sus realidades. De este modo, se ven penalizadas, excluidas del mercado, por hacer frente a situaciones que, aunque abordables con una mayor corresponsabilidad y el apoyo del ámbito público, generan brechas diferenciales de género y suponen barreras infranqueables para ellas.  

El salario femenino en “minijob”, por escaso, es percibido como un «extra» familiar de apoyo al salario masculino, principal proveedor de ingresos. Es evidente que 450 euros no son suficientes para hacer frente a la cobertura de las necesidades básicas de una persona. Menos aún en Alemania. Por eso, añadimos otro dato nada casual: el 84% de las “minijobers” están casadas (cuando la proporción de mujeres casadas a nivel nacional es del 60%). Nos quedaría saber, entre ellas, cuál es la proporción de madres (que se ven abocadas a aceptar este tipo de empleo por su tiempo parcial). En definitiva, las “minijobers”, aunque trabajadoras, dependen totalmente de sus parejas y experimentan un riesgo constante de exclusión, pues el divorcio, el paro del “jefe de familia” o el fallecimiento de este, son situaciones siempre probables que suponen una firme amenaza para su sostenimiento y el de sus familias.

Asimismo, y contrariamente a lo que apalabraba el gobierno alemán para este tipo de empleos, no existe un perfil mayoritario a la hora de definir a las mujeres empleadas en los “minijobs”. Todas ellas muestran la diversidad de condiciones y situaciones que se imponen en sus vidas. Mujeres que no tienen formación, mujeres cualificadas que han vuelto al trabajo después de un tiempo dedicado al cuidado de sus hijos,... mujeres que, con o sin formación o experiencia, ya han sido empleadas en varias ocasiones sucesivas en “minijobs” y han quedado atrapadas, tras ello, en las opciones laborales temporales y más precarias, etc. Así que, si bien esta reforma facilitó la inserción de las mujeres en el mundo laboral, lo hizo cristalizando los «minijobs» como una forma de explotación de muchas de ellas dentro del marco legal.

Finalmente, como consecuencia de la política fiscal alemana, esta situación es sostenida por los hombres, que pagan menos impuestos si su mujer trabaja menos.

Como vemos, la fórmula «estrella» de este modelo de flexibilidad está sembrada de trampas, afectando en su mayoría a las mujeres.

La vuelta sobre sus propios pasos: España en cuestión de trabajo e igualdad

En España, la reforma laboral de 2012 supuso la desregulación más radical conocida en la historia democrática del país. Según una evaluación de la misma realizado en perspectiva de género [14], el gobierno (en este caso conservador) no solo buscaba aprovechar la crisis para debilitar las organizaciones sindicales, hacer fácil y barato el despido y reducir drásticamente los costes laborales con la intención de maximizar los beneficios.

También incidió negativamente en las conquistas laborales de los/as trabajadores/as, perennizando, entre otros, las condiciones de discriminación por razón de sexo. Así, dicha reforma no incluyó ninguna medida expresa para corregir la desigualdad existente en los ámbitos de contratación, salarios, exclusión o sobre representación de las mujeres en ciertos sectores y niveles de participación. Además, el gobierno aprobó, en paralelo, otros recortes presupuestarios, no menos importantes, sobre la inversión en políticas activas de empleo y las políticas de igualdad [15], y ello a pesar de que la paralización del mercado de trabajo y la destrucción del mismo castiga siempre más a las mujeres.

Flexibilidad y la eliminación de barreras en el mercado

En consecuencia, para finalizar, quisiera volver sobre dos de los conceptos que últimamente están en el fondo del debate sobre las reformas laborales: la flexibilidad y la eliminación de barreras en el mercado. Bien que acuñados tan frecuente como interesadamente por el poder, no son conceptos malditos. Como decía anteriormente, la cuestión es el objetivo central para el cual se establecerán y a quién (o qué) beneficiarán. ¿La sociedad en su conjunto y las mujeres en particular, o a la acumulación de capital y las ganancias de los sectores empresarial y financiero?

No hay lugar en el mundo en el que las mujeres se encuentren en una posición de igualdad, respecto a los hombres, en el mercado de trabajo. Todos los elementos restrictivos señalados previamente, que actúan como cortapisa en el logro de oportunidades, evidencian que las mujeres necesitan, efectivamente, que se tomen medidas para la eliminación de barreras en el acceso al trabajo y que sea implementado, asimismo, un marco regulador tan flexible como garantista que facilite su pleno acceso a los derechos económicos, y ello, en todas las etapas de la vida. La complejidad de las diferentes realidades cotidianas deben poder encontrar encaje en el mercado de trabajo, y deben ser amparadas por legislaciones equitativas y justas, que pongan la flexibilidad a su servicio, en lugar de desarrollarla como un instrumento para la retención en el hogar.

Pero para que esto sea posible tienen que cumplirse, al menos, tres premisas. En primer lugar, que los representantes y responsables de la política pública comprendan el vínculo existente entre el límite y la oportunidad en la realidad cotidiana y profesional de las mujeres. Resulta extremadamente desesperanzador que, por ejemplo, el señor Rajoy -actual Presidente del gobierno- opine que «muchas mujeres deciden cuidar hijos porque quieren y no trabajan tanto como un hombre» [16]. En general, ni tal libertad de decisión existe, ni la cantidad de trabajo remunerado que realizan hombres y mujeres puede ser medida ni comparada fuera de su contexto. A continuación, valentía y voluntad política para apostar por un modelo de desarrollo inclusivo y exigir una mayor flexibilidad y adaptación de las empresas a la vida. Y finalmente, planes de acción para la promoción de la igualdad y la puesta en marcha de medidas de refuerzo de la protección social y laboral, (tales como una mayor inversión pública en servicios de apoyo en la cadena de cuidados, una baja de maternidad/paternidad compartida, o unas prestaciones dignas por maternidad o por desempleo), porque, como declaraba la directora ejecutiva de ONU Mujeres [17], actualmente «las mujeres necesitan protección y trabajos dignos, en cantidades desorbitantes».

Un modelo nada ejemplar

Lejos de ser modélico, el patrón de las reformas alemanas esconde prácticas discriminatorias e institucionalizadas en el ámbito laboral que conducen a muchas mujeres a la dependencia, la pobreza y la exclusión. Los esquemas legales más flexibles para las empresas y más precarizantes para los trabajadores, actúan como elementos activos en la marginación de las mujeres. Por el contrario, la equidad de género -traducida en salarios y oportunidades iguales en el acceso al trabajo, con todo lo que ello implica, también, a nivel de inversión pública- supone un potencial para la creación de empleo y una garantía para el bienestar del conjunto de la sociedad [18]. Por ello, no debemos perder de vista que la complejidad existente en relación a la integración de la vida en el marco del mercado de trabajo no justifica su sacrificio político, ni puede excusarse en la austeridad.

Por lo tanto, debemos lograr, a través de todos los mecanismos y herramientas a nuestro alcance, que  los intereses estratégicos de las mujeres trabajadoras sean situados en el primer plano de la agenda política. Sólo así podremos afrontareste gran desafío: evitar que la impronta de Alemania tome toda su forma en España y superar las barreras que, para facilitar el enriquecimiento de unos pocos, nos interponen a nosotras.

 

Notas:
[1] Según la legislación europea, «La igualdad entre hombres y mujeres es uno de los principios fundamentales del Derecho comunitario. Los objetivos de la Unión Europea (UE) en materia de igualdad entre hombres y mujeres consisten en garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre ambos sexos y en luchar contra toda discriminación basada en el sexo».
[2] En España, las mujeres ganan un promedio del 17% menos que los hombres a pesar de tener un mayor capital humano, según desvela el último informe de la OIT sobre La brecha salarial de género y Brecha salarial por maternidad  -publicado el pasado mes de marzo de 2015-, y 200 euros mensuales menos que los hombres a nivel europeo. A nivel mundial, según el informe de NNUU Transforming economies, realising rights -publicado en abril de 2015-, las mujeres ganan un 24% menos que los hombres por la realización de un trabajo igual. Así mismo, alerta sobre el dato de que, en la actualidad, el 75% de las mujeres trabajan en el sector informal y, por lo tanto, sin cobertura alguna.
[3] Según un análisis de Cristina Carrasco que, aunque realizado en 2001, conserva toda su vigencia a día de hoy: La sostenibilidad de la vida humana: ¿Un asunto de mujeres?. Mientras TantoNo. 82 (otoño - invierno 2001), pp. 43-70.
[4] En honor a quien inspiró las reformas, Peter Hartz que, por otra parte, había sido director de personal de la empresa  Volkswagen.
[5] Le taux de chômage à 11, 3% dans la zone euro. Communiqué de presse. Eurostat. 31.03. 2015.
[6] Allemagne: comment la réforme du marché du travail renvoie les femmes à la maison. Basta!. 10.07.2013. Artículo tomado como referencia para la elaboración de este mismo.              
[7] Los « minijobs » destruyen el empleo regular en Alemania, según un estudio.El País. 10.12.12
[8] Aunque la mayoría de ellos se desempeñan entre 19 y 24 horas, desde el pasado mes de enero el cálculo horario se ve condicionado por la entrada en vigor de la ley del salario mínimo a 8,5 euros la hora.
[9] “Cuando en Alemania los costos de atención médica son de los más elevados del continente y no son gratuitos ni los hospitales públicos, ni las asistencias, ni las emergencias o medicinas, que deben ser abonados por el seguro o, en su defecto, por el ciudadano/a, tal como se cita en Cómo es el sistema de sanidad pública en Alemania”. Fuente: www.trabajarenalemania.es.
[10] Desigualdades en la distribución de la renta en países desarrollados (Parte I). Un largo viaje a ninguna parte: gráficos, comentarios e informes.Ricardo Lomoro. Monografías.com. 2013.
[11] L'Allemagne, puissance sans désir. De l'Etat social au travail forcé.Le Monde Diplomatique. Mayo 2015.
[12] Datos de ocupación de la Oficina Federal de Estadística alemana (Destatis).
[13] Less pay, more work, no pension: the 21st-century woman's lot laid bare.The Guardian, 27.04.2015.
[14] Análisis de la reforma laboral desde la perspectiva de género. Izquierda Unida Área Mujer. Marzo de 2012.
[15] Las políticas de igualdad en el contexto de la crisis financiera (y del mercado de trabajo). Valoración con perspectiva de género de las últimas reformas laborales.Menéndez Calvo, Remedios. 2013.
[16] 20minutos.es, 15.05.2015.
[17] Declaración realizada por la Sra. Phumzile Mlambo-Ngcukadurante la conferencia titulada Las mujeres y la inclusión social: de Beijing a Post-2015, el 7 de mayo de 2015.
[18] Equidad de género detonaría empleos en el mundo: ONU. Expoknews. 06 de mayo de 2015.